CIERRE CONTABLE Y TRIBUTARIO: EL PUNTO DE PARTIDA DEL PRÓXIMO AÑO FISCAL

cierre contable

Camila Castro Directora Carrera Contador Auditor Universidad de Las Américas

A medida que se acerca el cierre de 2025, las empresas enfrentan uno de los procesos más críticos del año: la convergencia entre contabilidad financiera y tributación efectiva. En un escenario económico de desaceleración moderada, inflación controlada y mayor fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII), el cierre de año ya no es solo un trámite administrativo, sino un ejercicio de planificación técnica que incide directamente en la carga impositiva del próximo periodo.

Desde el punto de vista contable, la atención debe centrarse en la correcta aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). La revisión de provisiones y estimaciones -como vacaciones, incobrables o contingencias- cobra relevancia para evitar distorsiones de resultado. Del mismo modo, los activos fijos e intangibles requieren evaluación respecto a su vida útil, deterioro y capitalización, especialmente ante contextos de cambio tecnológico o reestructuración operativa.

No menos importante es el efecto del tipo de cambio, cuya variación puede impactar significativamente en el patrimonio de entidades con activos en moneda extranjera. El cierre contable también es la instancia propicia para revisar la consistencia entre la información financiera y tributaria, especialmente en lo referente a la conciliación entre resultado contable y base imponible.

En el plano tributario, el cierre 2025 trae desafíos relevantes. La Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824) y la reciente jurisprudencia —como el fallo que anuló el primer giro del llamado impuesto al lujo— reafirman la necesidad de una correcta interpretación normativa y del principio de legalidad tributaria. Las empresas deben revisar en detalle sus diferencias permanentes y temporarias, la correcta aplicación del artículo 31 sobre gastos aceptados, y la actualización de registros RAI, REX y SAC, claves para el Formulario 22 de abril próximo.

Asimismo, el cierre de ejercicio exige un control estricto del IVA crédito fiscal, especialmente en operaciones mixtas o con exenciones parciales, y la preparación oportuna de las declaraciones juradas que el SII fiscalizará con mayor intensidad a partir de marzo. Una conciliación tributaria preventiva puede evitar ajustes futuros y eventuales controversias.

Pero más allá del cumplimiento normativo, este período se presenta como un momento para planificar estratégicamente. Las empresas pueden aprovechar beneficios tributarios vigentes -donaciones, capacitación SENCE o incentivos a la inversión- y revisar la conveniencia de distribuir utilidades o mantener resultados acumulados, considerando el impacto en el régimen tributario correspondiente (ProPyme o general).

A nivel más amplio, el contexto también invita a reflexionar sobre la transición hacia reportes ESG y sostenibilidad, cada vez más demandados por inversionistas y entes reguladores, y sobre el papel del contador auditor como garante de la transparencia y la razonabilidad de la información financiera en la era de la automatización y la inteligencia artificial.

Cerrar correctamente el año no solo implica cuadrar cifras, sino tomar decisiones informadas que equilibren cumplimiento, eficiencia y estrategia fiscal. Un cierre contable riguroso hoy es, sin duda, el mejor blindaje tributario para 2026.

Revisa nuestra sección Visiones aquí

Total
0
Shares
Previous Post
Caída global de Cloudflare

CAÍDA GLOBAL DE CLOUDFLARE GENERA INTERRUPCIONES MASIVAS Y REVELA RIESGOS PARA USUARIOS Y PLATAFORMAS DIGITALES

Next Post
tendencias de marketing 2026

TENDENCIAS DE MARKETING 2026: ¿YA ESTÁS PREPARADO PARA LO QUE VIENE? ​

Related Posts