Con motivo de las celebraciones de Fiestas Patrias, la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, recuerda que toda medida de seguridad en fondas, parques, estadios y espectáculos debe aplicarse en armonía con los derechos de las personas consumidoras, conforme a la Ley del Consumidor y a la normativa vigente de protección de datos personales.
La alta concurrencia a actividades masivas durante Fiestas Patrias refuerza la necesidad de resguardar la seguridad sin pasar por alto los derechos de quienes asisten. En este escenario, ODECU subraya que la prevención de riesgos y el control de accesos deben ser compatibles con el derecho a la información, el trato no discriminatorio y el respeto a la vida privada.
En primer lugar, la información sobre condiciones de ingreso debe entregarse antes de la compra de la entrada y mantenerse visible en los puntos de acceso. Esto incluye eventuales restricciones, controles de ingreso, revisión de pertenencias y el uso de tecnologías de seguridad. La transparencia previa permite decisiones de consumo informadas y reduce conflictos a la entrada de los recintos.
Asimismo, el llamado derecho de admisión solo puede ejercerse con criterios objetivos, razonables, claros y previamente informados. Las reglas deben ser públicas, comprensibles y aplicarse de forma uniforme. Cualquier negativa de venta o ingreso debe estar debidamente fundada en hechos verificables y en razones de seguridad, no en apreciaciones discrecionales ni en prácticas que puedan constituir discriminación arbitraria.
Respecto del tratamiento de datos personales, cuando se utilicen tecnologías como videovigilancia o reconocimiento facial, su empleo debe ajustarse a la normativa vigente. Es indispensable informar la finalidad del tratamiento, la identidad del responsable, los plazos de conservación, los eventuales destinatarios y los derechos de las personas. Cuando corresponda, se requiere una base legal o el consentimiento expreso, especialmente si se tratan datos de carácter sensible. En el caso de autoridades públicas, el tratamiento debe realizarse dentro de sus competencias y respetando los principios de la ley.
“El objetivo de la seguridad es legítimo, pero nunca puede convertirse en excusa para vulnerar derechos. Informar con anticipación, evitar la discriminación y proteger los datos personales son mínimos que deben cumplirse en cada fonda, estadio o parque de entretenciones”, señaló Stefan Larenas Riobó, presidente de ODECU. “Invitamos a las productoras y autoridades a planificar con estándares claros y a comunicar todo de manera visible, simple y verificable”.
Finalmente, ODECU recomienda a las y los organizadores publicar con antelación y en lenguaje claro las condiciones de ingreso, señalizar en accesos los controles que se aplicarán y capacitar a sus equipos para una aplicación uniforme y respetuosa de las reglas. A su vez, sugiere a las autoridades supervisar el cumplimiento de estos estándares y verificar que cualquier tratamiento de datos se ajuste a la normativa y a las competencias legales. A las personas consumidoras se les aconseja revisar las condiciones antes de comprar, conservar sus comprobantes y, ante eventuales vulneraciones, documentar los hechos y presentar reclamos por los canales correspondientes.
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